En la Rioja (Alta alavesa, en el original pero que no debería estar puesto por no ser verdad), de tan buenos vinos tintos, existe un pueblo llamado Leiva, situado casi equidistante de las ciudades de Vitoria al noreste, Logroño el sureste, que es su capital, y Burgos al suroeste. En la actualidad, como casi todos los pueblos interiores, se está despoblando lentamente en una sangría que, si nada lo remedia, lo hará desaparecer; tiene, según el censo de 2006, 265 habitantes, de los cuales 132 son hombres y 133 mujeres. Prueba de su decadencia son sus 12 nacimientos en la década comprendida entre 1994 y 2004, contra 47 defunciones.
Lo importante, herencia del pasado, es su agricultura y que de seguro los lugareños no saben de su origen, me refiero al cultivo de patatas, pimientos, remolachas y otras verduras, ya que he visitado la web de su ayuntamiento y sobre lo que voy a contar, importante para conocer su historia, ni hacen mención.
Lo que leerá es consecuencia de mis investigaciones referentes a los comedores económicos, la cocina económica y la alimentación a cargo de las sociedades civiles que en la actualidad estoy elaborando y donde, entre otras cosas, me topé con un Acuerdo de su ayuntamiento, el de Leiva, de fecha 25 de diciembre del año 1803 en la que se aprobaba un reglamento para formar una asociación benéfica con el título de ‘Junta de caridad y bien público’, donde daban el título de Protectora a una misteriosa ‘señora del pueblo’.
No parece haber dudas sobre quien fue dicha señora, cuyo nombre fue el de María Francisca de Sales Guzmán Portocarrero y López de Zúñiga (1754-1808), duquesa de Montijo, que había heredado a principios de 1795 el condado de Baños, ya que existe documentación suficiente que avala esta información y que, para situarla históricamente, fue abuela de la XV Duquesa de Alba, la de ahora es la XVIII. Hay que hacer notar que en su testamento, fechado a finales de enero de 1800, dejaba a los pobres del condado de Baños la suma de 2.000 reales.
Dejando aparte estos datos, que aún siendo importantes no repercuten de forma notoria en nuestra historia, nos adentramos en lo que realmente interesa, pasando a analizar dicho acuerdo municipal y sus antecedentes o fuentes en las que se inspiraron, trascribiendo en primer lugar, literalmente, el acta de la Corporación.
Acuerdo municipal del ayuntamiento de Leiva de fecha 25 de diciembre de 1803.
‘EI objeto de esta junta es cuidar del socorro de los pobres introduciendo entre ellos la industria.
Sus fondos consistirán en lo que produzcan las suscripciones del vecindario, en la limosna que se recoja pidiéndola por las casas, y en la que den voluntariamente los vocales de la junta.
La suscripción será por ahora de un real cada mes; y se solicitará para el fondo la facultad de romper algunas fanegas de tierra, la adjudicación de los sobrantes de propios, el importe de las bulas para comer carne, y alguna de las suertes, que gozan los vecinos cuando vacáren.
La asociación se compone de los principales del pueblo.
Habrá junta general una vez al mes: cada año se elegirá á pluralidad de votos presidente, secretario y tesorero, que serán personas abonadas.
El secretario tendrá; un libro de acuerdo, y otro en que lleve cuenta de todo lo que entre en manos del tesorero: éste presentará las cuentas todos los meses para su aprobación, y se harán constar los socorros y gastos que se hayan hecho.
Se nombrarán cuatro inspectores y dos inspectoras que atiendan al cumplimiento de las determinaciones de la junta.
En la misma se leerán los ‘Semanarios de agricultura y artes’ y especialmente los ensayos que contienen del Conde de Rumfórd, y otros artículos sobre establecimientos de caridad y policía, y lo demás que trae dicho periódico que pueda contribuir á dar á la junta ideas de mejoras.
Concluida dicha lectura se retirará el presidente dejando una caja cubierta sobre la mesa, en que vayan echándolos vocales la limosna que cada uno quiera; y se entregará al tesorero después que el secretario tome razón. Estas limosnas son independientes de la de un real mensual que cada individuo debe pagar.
La junta general nombrará una comisión ó junta particular compuesta del presidente, secretario y tesorero, los que formarán lista de los pobres del vecindario (1) dividido en dos barrios, alto y bajo; socorrerán á los necesitados con las cantidades que reciban, y darán cada mes cuenta exacta de su inversión en la junta general, y de los bienes que hayan producido. Dichos tres individuos se encargarán de una caja cerrada con que han de pedir por el pueblo el segundo domingo del mes.
Los inspectores é inspectoras atenderán con la mayor vigilancia al socorro y alivio de los pobres, y particularmente de los enfermos y ancianos.
No permitirán ningún mendigo, vago, ni ocioso que turbe el orden público procurando amonestarles, y aun amenazarles con que se les privará de todo socorro si no se aplican.
También cuidarán de que los niños y niñas vayan á la escuela, y privarán de las limosnas á la familia cuyos hijos no concurran á ella.
Nunca dará esta asociación socorros en dinero sino en las cosas que necesiten los pobres, y en billetes para la carnicería, y para la sopa económica de Rumford establecida ya por la junta, y que comen con gusto.
Ningún pobre recibirá socorro sino trabaja lo que puede; pues las limosnas que se dan á los que no trabajan fomentan una sentina de males.
Cuando los pobres en invierno no puedan trabajar en el campo, les proporcionará la junta labores domésticas para que no gocen de la limosna sin trabajar. A este fin se hará provisión de lino, cáñamo y lana para que se hile y se hagan medias, calcetas, gorros, etc. sin olvidar otras labores.
Será también de su cuidado celar sobre la sopa económica que se dé á los pobres, á fin de que siempre se haga con el mismo aseo é ingredientes que hasta ahora se han empleado, por ser todos sanos, nutritivos y gratos al paladar.
Las inspectoras informarán á la comisión ó junta particular de todo lo relativo á primeras materias para hilazas y demás labores; repartirán el lino, cáñamo y lana á las personas que lo pidan para hilar y recibirán los hilados, los pagarán según lo merezcan, reconociéndolos por medida y no por el peso, y los volverán á repartir para que hagan medias, calcetas, etc.
Los inspectores llevarán apuntaciones de los pobres, sus circunstancias y socorros que se les abonen.
Por estos medios se propone la junta socorrer á los pobres con orden y economía, haciéndoles al mismo tiempo aplicados; pero deseosa de extender mas su beneficencia, mejorando la educación física y moral, promoviendo la aplicación al trabajo, la extinción de la ociosidad y mendiguez, y el amor á la virtud, se propone entre otras cosas repartir premios á fin de conseguir tan importantes fines.
El primero, que se dará en el mes de enero, se llamará premio de mérito, y podrán aspirar á él los mozos solteros que no bajen de quince años ni pasen de veinte y cinco, entre los cuales se elegirá el más benemérito en la observancia de la ley de Dios, modestia, laboriosidad, respeto á los mayores, y en suma buenas costumbres. Se adjudicará á pluralidad de votos, y los votantes han de ser los mismos mozos del pueblo de la edad que se ha dicho.
Para proceder á este acto se congregará el primer domingo del mes la junta particular y los cuatro inspectores en la sala de la asociación, después de haber convocado á los mozos para después de misa mayor, á los que dirigirá el que presida un breve discurso explicándoles en qué consiste el verdadero mérito, á fin de que den su voto con justicia y sin perjuicio de su conciencia, correspondiendo á la confianza que hace de ellos la asociación: luego se les mandará salir, é irán entrando uno á uno que nombrará los tres mozos que le parezcan más acreedores al premio, cuyos nombres apuntará el secretario. Después que todos los mozos hayan dado su voto en esta forma, hará la junta á solas el escrutinio, señalando como preferido al que más veces esté nombrado, y guardando el secreto hasta que se proclame por la junta general que se tenga en la tarde del mismo día, en que reconocida la votación y escrutinio se escribirá lo siguiente. El mozo que sus compañeros han juzgado más digno de que la junta le conceda el premio de mérito es N. hijo de N.1 Al instante pondrá el tesorero 50 reales sobre la mesa, y se nombrarán dos individuos que saliendo á donde estén esperando los mozos les leerán en alta voz dicho papel, lo fijarán á la puerta de la casa, y se darán al mozo dichos 50 reales.
En mayo se dará el premio de la virtud en los mismos términos y cantidad á la doncella honesta, aplicada y virtuosa que sea preferida por las otras de su clase.
En septiembre se darán dos premios de á 25 reales, uno á un padre, y otro á una madre de familias, bajo las mismas circunstancias, y siendo los votantes de la clase que corresponde.
Si en adelante hubiese fondos se aumentarán las cantidades en dichos premios.
Para estimular la aplicación de los niños que van á la escuela, se abrirá un concurso una ó más veces al año á que se admitan todos los que aspiren á los premios de instrucción, que serán ocho: dos para el niño y niña que sobresalgan en el examen de doctrina cristiana; dos para los que mejor lean; dos para los que mejor escriban; y dos para los que estén más adelantados en contar. Los premiados serán cuatro niños y cuatro niñas, y cada premio cuatro reales, ó algún libro ó alhajilla.
Nota. La señora de este pueblo, que pertenece al condado de Baños, no solo admitió con gusto el título de protectora que le ofreció esta asociación filantrópica, sino que entregó á la misma una limosna digna de su generosidad para el socorro de los pobres en este año calamitoso, fiando á la discreción de la junta su distribución en comidas ó en las limosnas más urgentes: y deseando la misma señora que abunden en el pueblo aquellos frutos de mas auxilio para los necesitados en años de escasez, ha ofrecido dos premios de doble valor de los que propone la asociación para los jóvenes virtuosos: el primero al labrador que en la próxima cosecha recoja más cantidad de maíz, no bajando de ocho fanegas; pues como este grano se siembra cuando ya se ve si falta la cosecha del trigo, puede ser un gran recurso para asegurar la subsistencia; y el segundo para el que cultive y recoja mayor cantidad de patatas no siendo menos de cien arrobas. Han de ser preferidos los más pobres, y adjudicarán el premio á presencia y con acuerdo de la asociación los dos labradores más ancianos, y los dos más jóvenes, con tal que sean vecinos.
Otro premio igual ha ofrecido para la madre de familias que con sus labores mujeriles é industrias domésticas haya ganado más á fin de este año, para ayudar á su marido á mantener la casa, ó para sostenerla por sí si fuese viuda. Este premio lo adjudicarán las madres de familias, en iguales términos que el que propone la asociación para las mismas.
Finalmente ha dispuesto dicha señora, que de su cuenta se doble la cantidad de los premios que se proponen para los niños y niñas que asistan á la escuela’.
Hasta aquí el acuerdo municipal del pueblo de Leiva, en donde nos fueron dando pistas sobre de donde habían recogido la idea para llevar a efecto semejante gran obra, y que se puede resumir en el informe que envió Juan Bautista Virio, Cónsul General español en la Baja Sajonia (norte de Alemania), que envió al Ministerio correspondiente de la época y que estaba inspirado en las ideas del Conde de Rumford, del que ya tenemos bastante bibliografía expuesta en nuestro sitio, y que se estaban llevando a efecto en aquellas tierras, así como en varios lugares de Europa (Italia, Suiza, Inglaterra, etc.)
El hecho de encontrar el ya citado documento aprobado por el Pleno Municipal abre una nueva perspectiva sobre la historia del hambre en España y da luz a uno de los hechos pioneros en nuestro país, cuando casi la clase política no estaba engolfada como hoy ocurre y donde, con acierto, se primaba, dentro de la miseria, el tener al pueblo ocupado evitando así revueltas populares, que, como en Francia, llevaron a una revolución, algo que no aprenden los políticos, ni sindicalista y mucho menos los banqueros actuales porque su imaginación la tienen puesta en el expolio del pueblo y no en satisfacer sus necesidades, arruinando su autoestima y haciéndoles perder la dignidad como personas, llegado al 26% de paro la población activa y de golpe tener uno de cada cinco españoles en el umbral de la pobreza. Es evidente que el sistema capitalista cae como lo hizo el comunista no hace tanto, ahogados en sus propias defecaciones.
Bibliografía:
Web del Ilmo. Ayuntamiento de Leiva, documento en línea.
Torrijos, Paloma: María Francisca de Sales Guzmán Portocarreo y López de Zúñiga, abuela de la XV Duquesa de Alba. Documento en línea.
Azcoytia Luque, Carlos: Siguientes trabajos:
Biografía del conde de Rumford, un yanqui en la corte del rey de Prusia y su lucha contra el hambre
La historia del maíz en Inglaterra, Alemania e Italia y el conde de Rumfor
Historia del hambre en Europa y el conde de Rumford I
Historia del hambre en Europa y el conde de Rumford II
La duquesa de Alba, la primera demócrata española a comienzos del siglo XIX
Aristocracy Gallery: Documento en línea.
Lamento indicarle que la localidad de Leiva no está en la Rioja Alavesa ni por asomo, sino en el interior de La Rioja, y casi pegando a la provincia de Burgos. Si en un detalle fácilmente comprobable como este se equivoca, no sé que será de los datos de mayor enjundia. Saludos.
Pues es cierto, me sobraba lo de Alavesa y a Vd. la mitad de su correo, lo mío subsanable, gracias a personas que me leen, por lo que le doy las gracias, y le invito a no entrar en mi casa si cree que me dedico a escribir novelas y no a la investigación.