Encontré un libro que se publicó cuando dejó de ser secreto de estado, cincuenta y dos años después de promulgarse, que contiene unas ordenanza o instrucciones internas para los distintos ministerios dictadas por orden de Carlos III y que fueron redactadas por el Primer Secretario de Estado, el conde de Floridablanca, José Moñino y Redondo, que arrojan mucha luz sobre la política exterior e interior del gobierno de aquella época.
Estas instrucciones reservadas emanaban de un Decreto de Carlos III, de fecha 8 de julio de 1787, que se hicieron públicas en un libro, ver bibliografía, en el año 1839 con la anuencia del nieto de quien las redactó y en cuyo poder estaba el original, el marqués de Miraflores y conde de Floridablanca.
En sus 345 artículos se puede condensar toda la política española, hasta la invasión francesa en 1808, y de la que comentaré en otros trabajos por la importancia que tienen, aunque en este me centraré en tres de ellos, que cuando los leí me dejaron pensativo por la doble intencionalidad con la que estaban redactados.
Me refiero a los artículos 183, 184 y 185, llevando el primero de ellos el siguiente enunciado: ‘De la pesca de la ballena, y de los pescados secos y enjutos’ y que desarrolla de la siguiente forma: “En el ramo de la pesca, deseo se fomente la de la ballena, y la de pescados secos ó enjutos en los mares y costas distantes, como las de África, en las de Campeche, y en las de Buenos Aires y cercanías de los estrechos de Maine y de Magallanes. Hay abundancia de ballena en toda la costa Patagónica, y en las de las provincias del río de la Plata que aprovechan los ingleses, franceses y otras naciones; y teniendo nosotros más proporción para su pesca, se debe promover de mi órden con el mayor esfuerzo. La pesca en regiones remotas, no solo aumenta la navegación, sino también el conocimiento y experiencias de sus riesgos, el descubrimiento de rumbos y costas, y la agilidad y pericia en las maniobras de buques grandes, lo que no sucede ni se consigue con la pesca sola en nuestras costas inmediatas”. Se evidencia claramente la necesidad de poseer batimétricos y mapas que más adelante podrían ser de vital importancia en caso de conflictos bélicos, así como la no dependencia comercial de dichos alimentos que eran pescados en costas de la corona, de esta forma, y siguiendo el dicho popular, se mataban dos pájaros de un tiro.
El siguiente artículo, el CLXXXIX, que lleva por enunciado ‘Premios pecuniarios á las embarcaciones pescadoras de ballenas, abadejo y peces desecados en países distantes’, lo dedica a incentivar dichas labores de pesca y lo desarrolla así: “Se debe de imitar a los ingleses en el establecimiento de premios pecuniarios á las embarcaciones pescadoras de ballena, abadejo y peces desecados en países distantes, según los riesgos, distancias y cantidades que trajeren de cada especie. El ministerio de marina y Junta, pensarán y propondrán fondos para este gasto, y de las reglas que se hayan de observar en su aplicación y en la distribución de estos premios”.
Termina con el tema de la pesca poniendo las bases de lo que hoy, en parte, es el lugar tradicional de los caladeros españoles en África en las costas del Sahara e intentando abrir mercados en Europa de un sucedáneo de abadejo mexicano, enunciándolo ‘Deberá fomentarse á los habitantes de Canarias y de Campeche, para que cultiven la pesca’ y cuyo contenido era: “Fomentando á los habitantes de Canarias, aumentarán su pesca en toda la costa de África, y favoreciendo á los campechanos, y enviándoles personas prácticas en la desecación y salazón de pescado, podrán conseguir en el abunda en sus costas un ramo de comercio que trascienda a Europa, supuesto que tanto se parece al abadejo que usamos”.
Se hace extraño, desde el punto de vista comercial, dado que las pesquerías de Zahara de los Atunes y Barbate en Cádiz, así como las flotas pesqueras de Cantabria tenían excedentes de producción, una con los atunes y la otra con el bacalao se tuviera esa gran visión de estado y que tanto provecho, hasta la actualidad, ha sacado España.
Se aconseja leer del mismo autor la historia del bacalao y la historia de las almadrabas y salazones en el sur de España
BIBLIOGRAFÍA:
Gobierno del señor rey Don Carlos III, ó instrucción reservada para dirección de la Junta de Estado que creó este monarca; dada á luz por don Andrés Muriel, págs, 293 – 295. Madrid 1839. De venta en la librería de Sojo, calle de las Carretas.
hola Carlos, su trabajo es interesantísimo ,estudio historia y pretendo hacer una investigación sobre la alimentación en la colonia durante los años 1800. leyendo su trabajo me parece que usted es un excelente referente como para guiarme.le agradecería unos consejos sobre este arduo trabajo.gracias
Pregunte en privado y veré si puedo ayudarlo en algo.
no hay una reseña historica mas pequeña es para un trabajo de cinco paginas pero hay mucho que escribir y como todo yo escribo muy grande entonces como hay muchas preuntas entonces no me caben
Hombre, hay una cosa que se entiende y se llama como extractar, que todo no lo vamos a dar hecho, así que te lo lees y haces una síntesis.